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31 de marzo: Día Internacional de la Visibilidad Travesti Trans

La Lic. Malena Oneglia, becaria del CONICET e integrante del ISHIR, realiza un recorrido cronológico que inició en el año 2012 con la sanción de la Ley de Identidad de Género, que abrió a un camino de reivindicaciones, donde se fueron sancionando y aplicando leyes que representan valiosos aportes en materia de ampliación de derechos de la población travesti trans en nuestro país y en la región.


Es importante destacar en este marco, que en diciembre de 2023 el CCT CONICET Rosario y la unidad ejecutora ISHIR (CONICET-UNR) han incorporado tres personas en el marco de la Ley Nacional Nº 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para las Personas Travestis, Transexuales y Transgénero "Diana Sacayán-Lohana Berkins", que establece la obligación de los tres poderes del Estado Nacional de ocupar en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero. 

31 de marzo: un día con identidad

Desde el año 2009, cada 31 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Visibilidad Trans. La iniciativa surge por la propuesta de la activista trans norteamericana Rachel Crandall, cofundadora de la organización Transgénero Michigan, con el objetivo de generar conciencia crítica respecto a las condiciones de habitabilidad de la vida de quienes forman parte del colectivo trans y travesti. Estas vidas están marcadas por la vulnerabilidad y vulneración, exclusión, discriminación y el despliegue macro y micopolítico de políticas de odio a causa de su identidad de género.

En primer término, es importante destacar que identidad de género y orientación sexual no son sinónimos. Sumariamente, cuando hablamos de identidad de género nos referimos a la vivencia interna e individual del género, la cual puede o no coincidir con el sexo que le fue asignado al nacer.

“Trans”, como advertirá Cristan Williams (1) (2014), es lo que se conoce como término paraguas puesto que se refiere a las personas cuya identidad de género no coincide con las expectativas correspondientes al sexo-género asignado al nacer. El prefijo “trans” engloba -no de forma excluyente- a quienes se identifican, por ejemplo, como transgéneros, travestis, transexuales…es decir, a quienes se inscriben identitariamente por fuera del binario de género que define a “lo cis” como la normalidad.

Estos rangos de normalidad son construidos culturalmente por y desde una matriz heterocisnormativa desde la que se establecen lecturas normativas sobre la dimensión de “lo natural” a partir de una lectura dicotómica de las corporalidades sexuadas. La matriz se reproduce de manera dinámica a través de prácticas y discursos cotidianos que tienen efectos materiales y simbólicos en todos los sujetos sociales, con un especial énfasis en aquellos que no se ajustan a las pautas culturalmente producidas.

El punto clave aquí es la construcción social e histórico-política que se orquesta culturalmente en torno a qué identidades son consideradas “normales” y cuáles no y, por consecuencia, cuáles se configuran como plausibles de ser normalizadas mediante mecanismos coactivos y coercitivos. Así, cabe destacar que el colectivo trans y travesti ha sido destinatario de políticas represivas a lo largo de la historia. Ello ha traído como consecuencia que la esperanza de vida para esta población en nuestro país siga manteniéndose entre los 35 y los 40 años de vida y que también se ubique como el colectivo con menor nivel de escolaridad y la mayor tasa de deserción y expulsión de los servicios públicos. Además, según Amnistía Internacional, “desde 2008 a septiembre de 2022 hay constancia de crímenes de odio de al menos 4.369 personas transgénero en todo el mundo”.

Si bien las políticas de cupo vinculadas a las poblaciones desplazadas por el propio sistema en el que son producidas no son una solución definitiva a la inequidad y desigualdad en la que vive el colectivo, producto de habitar una identidad no-normativa, sí se configura como un esbozo de justicia, un hackeo del sistema, un acto reparatorio que pueda transformar desde adentro las matrices excluyentes con las que convivimos.

1 Williams, C. (2014) “Transgender”, TSQ 1 (1.2): 232-234. https://doi.org/10.1215/23289252-2400136

Batería legislativa nacional y local

2012: Ley Nº 26.743 de Identidad de Género la cual reconoce el derecho de las personas a ser inscriptas en su DNI acorde con su identidad de género. Esta legislación es pionera a nivel mundial ya que despatologiza y desjudicializa el proceso de construcción identitario, por el contrario, establece que toda persona tiene el derecho a ser identificada de acuerdo a su identidad de género autopercibida y mediante un simple procedimiento administrativo se puede modificar el nombre, la imagen y el género en el DNI de manera personal y gratuita.

2012: la Cámara de Diputados de la Nación sancionó la Ley N° 26.791, que incorporó al derecho penal argentino las figuras de “femicidio” y “odio a la orientación sexual, identidad de género o expresión de género” como agravantes del homicidio simple.

2016: Ordenanza Municipal Nº 9.543 que establece que la Municipalidad de Rosario deberá incorporar anualmente a su planta de trabajadoras/es a cinco (5) personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan condiciones de idoneidad para los cargos.

2018: Se incorporan a la Ley provincial de reparación histórica a presos políticos N° 13.298, vigente desde 2012, a un colectivo de trans y travestis perseguidas durante la dictadura por motivos de identidad de género

2018: Se implementa, por primera vez, el uso del término “Travesticidio” en la causa de Diana Sacayan. Los travesticidios y transfemicidios son “la expresión más visible y final de una cadena de violencias estructurales que comienza con la expulsión del hogar, la exclusión del sistema educativo, sanitario y del mercado laboral, la iniciación temprana en el trabajo sexual, el riesgo permanente de contraer enfermedades de transmisión sexual, la criminalización, la estigmatización social, la patologización, la perversión y la violencia policial. Estas tramas de violencias, constituyen el espacio de experiencia de travestis y mujeres trans y se espeja en un horizonte de expectativas que responden a un sistema cultural, social, político y económico vertebrado por la división binaria excluyente entre los géneros” (Radi y Sardá-Chandiramani, 2016 -2)

2019: Se sanciona la Ley Provincial Nº13.902 de Cupo Laboral Trans que establece el ingreso de personas trans y travestis al Estado provincial de una proporción no inferior al 5% del personal en todas las modalidades de contratación vigentes. Se reglamenta en el año 2020.

2020: Cupo Laboral Travesti Trans “Alejandra González” de la Universidad Nacional de Rosario, Resolución 783/2020. Se establece que del total del ingreso anual de personal no-docente, un 5% debe ser travesti-trans; también se establece que el número no puede ser menor a tres.

- En 2021, a través del Decreto 476, se reconoce que la construcción identitaria puede ir más allá del binarismo mediante la incorporación de la X como nomenclatura. El uso de la “X” comprende las acepciones no binario, indeterminado, no especificado, indefinido, no informado, autopercibido, no consignado, y otras identificaciones que no estén incluidas en el tradicional esquema del sistema sexo-género.

2021: Ley Nº 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins”: establece la obligación de los tres poderes del Estado Nacional de ocupar en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero

2022: Modificación de la Ley provincial 5110: permite a las personas trans y travestis mayores de 35 años acceder a una pensión no contributiva.

2023: Sanción de la Ley provincial de Reparación Post Dictadura para Trans y Travestis que sufrieron detenciones ilegales entre 1983 y 2010 por la aplicación de Códigos de Falta.

2- Blas Radi y Alejandra Sardá-Chandiramani (2016). Travesticidio / transfemicidio: Coordenadas para pensar los crímenes de travestis y mujeres trans en Argentina. Publicación en el Boletín del Observatorio de Género.

 

Códigos de Falta en Santa Fe

En el Estado santafesino, entre diciembre de 1983 y junio de 2010 rigieron los Códigos de Falta que habilitaban a la policía provincial, a través de su división de “Moralidad Pública”, a detener a la población travesti y trans por el sólo hecho de serlo. Las leyes 13.072 y 10.703 permitían la represión y la persecución política de las identidades trans, penando con arrestos sistemáticos la "ofensa al pudor" artículo 83 (ex 78), la "prostitución escandalosa" art. 87 (ex 81) y el travestismo art. 93 (ex 87).

En el año 2010, la Cámara de Senadores deroga los tres artículos bajo el argumento de que constituyen una violación flagrante de los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Nacional y en Pactos Internacionales a los que Argentina adhiere. Lo cierto es que estos artículos han sido discutidos larga y abiertamente por, por ejemplo, los colectivos LGBT+ -como el Colectivo Arco Iris- y las trabajadoras sexuales organizadas.

En Rosario, las trabajadoras sexuales de la Plaza Libertad sistemáticamente denunciaban una red policial de coimas y corrupción que usaba a los Códigos de Falta como una forma de apriete, recaudación y negociación.

Estadísticas

LEY DE CUPO TRANS EN LA NACIÓN

“Con el antecedente del Decreto 721/2020, que establecía un cupo no inferior al 1 % para travestis, transexuales y transgéneros en el Sector Público Nacional y la Ley 27.463 de Identidad de Género que reconoció el derecho de toda persona a su identidad de género y a desarrollarse libremente, la Ley de Cupo Laboral Travesti Trans fue reglamentada con en el Decreto 659/21 y anexos, el Congreso de la Nación sancionó en 2021 la Ley 27.636. En su artículo 5, establece un piso de referencia del 1 % para la contratación de personas travestis, transexuales y/o transgénero en los tres poderes del Estado Nacional, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado”. 1

Según el Censo del año 2022, casi 200.000 personas se inscriben en el espectro trans en Argentina, es decir, hubo 196.956 personas en viviendas particulares que no se identificaron con el sexo registrado al nacer, equivalente al 0,4% de la población total en viviendas particulares. En Santa Fe eran 7000 personas. 2

 

“Esta es la primera experiencia que tengo en un trabajo en blanco, estoy muy contento. Agradezco la predisposición de todos los compañeros y compañeras. Lamentablemente, ingresamos en un contexto lleno de incertidumbre, donde uno no puede evitar sentirse afectado”.
Ciro (CCT Rosario).

 

“La verdad que está oportunidad laboral me cambio la vida, ya que nos es difícil insertarnos en el sistema laboral. Me ayudó a sentirme independiente y alejarme de la idea de que las personas trans no tenemos posibilidades de prosperar y tener una vida lo más "normal" posible. Yo sé que antes las compañeras sufrían el abandono del Estado y que mi generación, gracias a ellas, tiene derechos que nos incluyen en el sistema, pero siento que aún falta mucho más para las que vienen. No todes tienen la voluntad política de incluirnos dentro de su staff de trabajo, ni confiar en nosotres ni en nuestro desempeño. Es por eso que estoy muy agradecida con CONICET por darnos está oportunidad de demostrar que podemos y somos capaces de muchas cosas”.
Luba (ISHIR, CONICET-UNR)

 

“Es mi primer trabajo registrado. Trabajando en CONICET me sorprende que a pesar de que la mayoría no ha convivido con mujeres trans, han abierto un lugar bastante cálido para nosotres, no se siente prejuicio, cosa que en otros ámbitos si se siente. No solo por mí como persona, sino también por formar parte de una comunidad, esta Ley permite acceder a un trabajo y abre la posibilidad a otras personas trans para que puedan hacerlo. Nos abre un paso a la sociedad que no teníamos, sin contar el tema de la edad porque muchas mujeres trans que tienen 40, 50 años, hasta hace unos 10, 15 años no podían salir a la calle porque caían presas. Que hoy se abra la posibilidad a todas las personas, sin importar la edad, de acceder a un trabajo en blanco gracias al Cupo Laboral, es algo loable.  Más allá de que la Ley está hace unos años, que se la ejecute, que esté la voluntad política de hacerlo, es admirable y hoy, a pesar de toda la situación es mucho más importante. Salvo en Rosario, no se ve mucha voluntad política en otros lados de implementar el Cupo Laboral, yo soy de Tucumán y puedo asegurarlo. Acá vas a un bar y te atiende una persona trans, en los comercios también, de a poco nos vamos integrando a la sociedad, cosa que no debería ser de a poco, ya deberíamos estar integradas hace año, décadas. El hecho de tener un trabajo en blanco, no solamente cambia mi vida, sino también puede cambiar la de una comunidad entera”. Gabriela (CCT Rosario).

 

 

 

 

Fuentes:
1-
https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-registro-un-aumento-del-465-en-puestos-de-trabajo-para-travestis-transexuales-y

https://agenciapresentes.org/2023/12/06/cupo-laboral-en-dos-anos-aumento-en-un-900-la-insercion-de-travestis-y-trans/

https://www.pagina12.com.ar/570213-a-dos-anos-de-la-ley-de-cupo-laboral-trans

https://www.argentina.gob.ar/noticias/ley-27636-ya-son-955-las-personas-travestis-transexuales-yo-transgenero-que-trabajan-en-la

https://www.mpf.gob.ar/ufem/files/2022/05/UFEM-Informe_sobre_sentencias_trans-1.pdf

2-
https://censo.gob.ar/index.php/casi-200-mil-personas-no-se-identificaron-con-su-sexo-registrado-al-nacer/
https://censo.gob.ar/wp-content/uploads/2023/12/censo2022_identidad_de_genero.pdf